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Violencia Obstétrica y Parto Respetado
Las acciones de la violencia obstétrica pueden ser físicas o psíquicas, según se desprende de la ley 25.929 de parto humanizado y de la ley 26.485 :
Violencia obstétrica física: Cuando se realizan a la mujer prácticas invasivas y suministro de medicación no justificadas. O cuando no se respetan los tiempos ni posibilidades del parto biológico.
Violencia obstétrica psíquica: Incluye el trato deshumanizado, grosero, discriminación, humillación, cuando la mujer requiere asesoramiento o atención.
Comprende también la omisión de información sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo.
Violencia obstétrica física y psíquica
Fuente: “Todo mujeres alteradas” – Maitena
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